Qué necesitas saber antes
- Estos incluyen la realización de una auditoría energética y la existencia de un plan de ejecución, así como el uso continuado de tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles, siempre y cuando se demuestre que esto constituye una mejora en la eficiencia con un período de amortización de cinco años o menos.
- El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha puesto en circulación una propuesta de Orden ministerial que define qué se considera “empresa de gran consumo de energía del sector industrial” para la contabilización de ahorros de energía en el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).
- Se establecen a su vez varias condiciones para que los ahorros energéticos derivados de las actuaciones de eficiencia energética en empresas de gran consumo industrial sean contabilizados en el SNOEE y en el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE).
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha puesto en circulación una propuesta de Orden ministerial que define qué se considera “empresa de gran consumo de energía del sector industrial” para la contabilización de ahorros de energía en el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).
Esta nueva regulación permitirá a las industrias de las secciones B (extractiva) y C (manufacturera) del CNAE capitalizar sus esfuerzos en eficiencia energética, siempre que cumplan ciertos criterios. Estos incluyen la realización de una auditoría energética y la existencia de un plan de ejecución, así como el uso continuado de tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles, siempre y cuando se demuestre que esto constituye una mejora en la eficiencia con un período de amortización de cinco años o menos. También se contempla la ausencia de alternativas sostenibles viables.
Requisitos para Empresas de Gran Consumo
La Directiva (UE) 2023/1791 ha fijado una excepción temporal que permite a los Estados Miembros contabilizar hasta el 31 de diciembre de 2030 los ahorros generados por las empresas de gran consumo de energía del sector industrial. Con el objetivo de cumplir lo establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030 (PNIEC), se busca incentivar mejoras en la eficiencia energética que generen ahorros en industrias que, de otro modo, no dispongan de opciones viables.
Para ser considerada “empresa de gran consumo de energía”, es necesario que la entidad cumpla todos los siguientes criterios en el momento de presentar la solicitud de acreditación de ahorros:
- Estar legalmente constituida en España en el momento de la solicitud.
- Desarrollar actividades en las Secciones B “Industrias Extractivas” o C “Industria Manufacturera” del CNAE.
- Acreditar un consumo medio anual de energía igual o superior a 1 GWh durante los tres años previos en la instalación donde se implementará la actuación de eficiencia energética.
- Presentar un cociente entre el consumo anual de energía final y el valor añadido bruto anual de al menos 1 kWh/€ durante, al menos, uno de los dos años anteriores a la actuación.
Condiciones para la Contabilización de Ahorros
Se establecen a su vez varias condiciones para que los ahorros energéticos derivados de las actuaciones de eficiencia energética en empresas de gran consumo industrial sean contabilizados en el SNOEE y en el Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE):
- La empresa deberá haber realizado una auditoría energética según lo establecido en el Real Decreto 56/2016 y tener un plan de ejecución de las actuaciones.
- El uso de tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles debe constituir una medida efectiva en la disminución del consumo energético con un período de amortización de cinco años o menos.
- Dichas tecnologías deben estar alineadas con la legislación de la UE en materia de emisiones, evitando bloqueos tecnológicos y garantizando su futura compatibilidad con tecnologías climáticamente neutras.
- El uso de estas tecnologías no debe incrementar el consumo de energía ni la capacidad de la instalación.
- No debe haber soluciones sostenibles alternativas que sean técnicamente viables.
- Se espera que el uso de tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles contribuya a un ahorro en el uso final de energía.
Además, el cumplimiento de estos requisitos deberá ser documentado y accesible al público, garantizando su trazabilidad y verificación.
Los interesados en presentar alegaciones tienen la oportunidad de hacerlo hasta el próximo 12 de agosto a través del formulario disponible aquí.